Por lo anterior, y con la finalidad de que a los REPECOS se les atienda en un sólo lugar en el que se proporcione la orientación y asistencia fiscal, así como la determinación de los pagos a efectuar, a partir del presente mes las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente ya no proporcionarán asistencia a los REPECOS respecto a las declaraciones que deban presentar ante las Entidades Federativas que ya se encuentren cobrando directamente el ISR e IVA, por lo que éstos deberán dirigirse a la Secretaría de Finanzas del Estado o a las receptorías de renta respectivas a efecto de que se les proporcione la orientación correspondiente para el pago de dichos impuestos.
En este sentido, las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente únicamente proporcionarán a los REPECOS la orientación fiscal relativa al trámite de inscripción en el RFC, excepto tratándose de Entidades Federativas que ya estén efectuando el registro directamente, en cuyo caso, los contribuyentes de este sector también deberá acudir a las oficinas correspondientes de la Entidad Federativa para realizar dicho trámite.
Para mayor informes comunicarce con el C.P.C. Martin B. Lagarda Esquer, Despacho Rivera Lagarda, al Tel.- (662) 214-05-61, 214-91-76